Quisiera comentar algunas noticias que surgen periódicamente en los medios de comunicación (es decir, cada vez que hay elecciones) acerca de la supuesta injusticia de la llamada ley D'Hont, que no es una ley en el sentido jurídico del término, sino más bien una regla matemática para asignar escaños (o concejales) entre las distintas formaciones políticas, traduciendo la "voluntad popular" (es decir, el número de votos recibidos de los electores) en asientos en la cámara parlamentaria o ayuntamiento.
Hay quien dice que la ley D'Hont no es proporcional, o que favorece a los partidos más grandes. Nada más lejos de la realidad. El sistema que ideó el matemático y jurista belga Victor D'Hont en el siglo XIX respeta, en líneas generales, la proporcionalidad.
Lo que distorsiona completamente la asignación de escaños entre formaciones políticas son otras reglas presentes en nuestra ley electoral, establecidas con el propósito intencionado de favorecer las mayorías estables, y con ello la gobernabilidad. En función de estas reglas "accesorias", el Parlamento nacional ha tenido mayorías absolutas de diputados de un mismo partido (más del 50% de los escaños) con únicamente el 40% de los sufragios populares, e incluso menos.
Estas reglas, introducidas en aras de una mayor gobernabilidad, tienen su cruz en las formaciones políticas minoritarias, puesto que es perfectamente posible tener un 10% de los votos a nivel nacional y obtener únicamente el 1% de los diputados en las cortes, como explicaré a continuación.
Los elementos que distorsionan la proporcionalidad son básicamente tres:
1) División del electorado en circunscripciones electorales
En las elecciones generales y en las autonómicas, las circunscripciones electorales son las provincias. Por ese motivo, decimos que un cierto político es diputado por Cádiz o por Valencia. Los candidatos se pueden presentar a la circunscripción electoral que lo deseen, sin que sea necesario que tengan vínculo alguno con ese territorio. Los partidos políticos (especialmente los grandes) utilizan esta facultad para colocar a sus figuras más destacadas como cabeza de cartel en determinadas provincias, tratando así de arañar votos, por un lado, y asegurar la presencia en el parlamento de ese candidato en cuestión.
El número de diputados que se eligen en cada circunscripción depende de la población empadronada, aunque no de manera estrictamente proporcional. Las provincias más despobladas, como Ávila, Cuenca, Segovia o Teruel eligen a tres diputados cada una, mientras que las más pobladas (Madrid y Barcelona) eligen a más de treinta cada una. La cantidad exacta varía de una convocatoria electoral a la siguiente, en función de las variaciones en la población.
La distorsión se da precisamente en las provincias pequeñas. Supongamos que hay tres partidos políticos relativamente grandes que concurren a las elecciones en todas esas circunscripciones. Supongamos además que obtienen unos resultados electorales similares:
Partido A: 45% de los votos
Partido B: 30% de los votos
Partido C: 20% de los votos
otros partidos minoritarios: 5% restante.
¿Cómo repartir tres escaños entre los partidos arriba indicados, de manera que se respete la voluntad de los electores?
Naturalmente, no es posible asignar medio escaño a un partido, ni ninguna otra fracción. Los diputados son personas, y no se pueden partir, ¡faltaría más!
Las opciones que se nos occurren podrían ser:
- Damos un escaño a cada uno de los tres partidos mayoritarios, y dejamos sin representación a quienes en conjunto han obtenido el 5% de los sufragios populares:
B -> con el 30% de los votos obtiene 1 escaño (33%)
C -> con el 20% de los votos obtiene 1 escaño (33%)
Los simpatizantes del partido A se sentirían defraudados, porque han obtenido más del doble de los sufragios del partido C, y sin embargo obtienen el mismo peso en el parlamento. No parece un reparto muy acertado.
Otro posible reparto sería:
- Damos dos escaños al partido A, uno al partido B, y ninguno a los demás.
A -> con el 45% de los votos obtiene 2 escaños (67%)
B -> con el 30% de los votos obtiene 1 escaño (33%)
C -> con el 20% de los votos obtiene 0 escaños (0%)
Si esta situación se repite a lo largo de varias provincias españolas, tendremos que el partido A, con el 45% de los votos en todas ellas, se hará con el 67% el parlamento, es decir, mayoría absoluta.
Y quedaría fuera del parlamento el partido C, que no obstante representa al 20% de la población, que no es poco. Con ello, se fomenta el bipartidismo.
En las circunscripciones mayores este problema no existe, puesto que es posible obtener representación parlamentaria con un porcentaje menor de votos. Así, en una circunscripción que tuviera que repartir 30 escaños, un partido que obtuviera el 10% de los votos tendría 3 diputados, que es exactamente lo que le atribuiría la ley D'Hont.
2) Sobrerrepresentación de los partidos de implantación regional
Esto es también una consecuecia de la fragmentación del territorio en circunscripciones electorales.
Ocurre que existen algunas comunidades autónomas de España en las que existen partidos políticos de fuerte implantación regional (con porcentajes de voto en ocasiones superior al 40% en su territorio) que sin embargo carecen de representación en otras regiones.
Debido al sistema de circunscripciones electorales, estos partidos pueden llegar a obtener más del 50% de los escaños que se distribuyen en su territorio, con lo que pueden formar grupo parlamentario en el Congreso.
En contraposición, tal y como se ha explicado anteriormente, existen partidos políticos de ámbito nacional, con un nivel de simpatizantes (votantes) relativamente bajo (digamos entre un 5% y un 10%) pero uniforme en todo el país (con lo que suman muchos votos), pero que tienen muchas dificultades para obtener representación parlamentaria.
Se da la paradoja de que los partidos de implantación regional obtienen una representatividad en el Parlamento muy superior a la que obtienen los partidos minoritarios de ámbito estatal, aun cuando estos últimos reciben un número de sufragios populares muy superior.
En ocasiones, esos partidos regionales llegan a tener la llave de la gobernabilidad, con lo que tiene el poder de negociar de igual a igual con el Gobierno de la nación la cesión de determinadas competencias o prebendas, favoreciendo las desigualdades entre territorios.
3) Porcentaje mínimo necesario para obtener representación en el parlamento
Nuestra Ley electoral establece que sólo podrán obtener representación parlamentaria las formaciones políticas que obtengan, como mínimo, el 3% de los sufragios de una circunscripción (5% en el caso de las elecciones locales). Los votos emitidos a partidos muy minoritarios, sencillamente, no cuentan. Los escaños se reparten únicamente entre aquellos partidos que superan esa cifra.
Dicho de otro modo, si en una determinada circunscripción el 20% de la población vota a partidos "exóticos" y el 80% vota a partidos que superarán el límite mínimo establecido, tenemos que el 100% de los escaños se reparten entre el 80% de los votos válidos. Nuevamente, se ven favorecidos los partidos con gran implantación.
Existe también el mito de que los votos en blanco favorecen al partido más votado. No es exactamente cierto (es decir, no se asignan los votos en blanco a un determinado partido), aunque este mito tiene un cierto fondo de verdad. Lo que ocurre es que los votos blancos son considerados votos válidos, por lo que elevan el listón mínimo del 3% (5% en las elecciones municipales) necesario para obtener representación parlamentaria.
Yendo a los hechos concretos, podemos decir:
La circunscripción que más escaños reparte en unas elecciones en España es la Comunidad de Madrid en elecciones autonómicas (en mayo de 2011 se eligieron 129 diputados en una sola circunscripción). Por tanto, esta es la elección en la que más posibilidades tienen los partidos minoritarios. De hecho, el partido UPyD obtuvo 8 escaños (6.2% del parlamento) con el 6.3% de los sufragios populares.
La presidente de la comunidad de Madrid, Esperanza Aguirre, ha anunciado hoy (16 de junio de 2011) que dividirá la Comunidad en circunscripciones electorales menores "para acercar la representatividad a los pueblos de la Comunidad". Mucho me temo, y es una opinión personal, que lo que persigue con esta posible reforma es contrarrestar la aparición de partidos minoritarios en el Parlamento regional.
El partido más perjudicado a nivel nacional por el actual sistema electoral es sin lugar a dudas Izquierda Unida. Con implantación en todo el territorio nacional, sólo obtuvo 2 diputados sobre 350 (0.6% del parlamento) en las elecciones generales de 2008.
Total votos emitidos: 300
Votos nulos: 1
Votos válidos: 300 - 1= 299
Estos votos válidos (sobre los que se aplica la regla del 5% mínimo) se distribuyeron del siguiente modo:
Votos en blanco: 287 (96%)
Votos al Partido Popular (única candidatura concurrente): 12 (4%)
Por tanto, ninguna formación política obtuvo el mínimo necesario para tener derecho a representantes en el ayuntamiento. Los siete puestos de concejales que se deberían haber elegido quedan, de este modo, vacantes.
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